domingo, 27 de septiembre de 2015

¿FILIALES DISCRIMINADOS?

Dice las NORMAS DE COMPETICION 2015/16 de la FBCV en su apartado 3.2.1 y las BASES DE INICIACION AL RENDIMIENTO DE LOS XXXIV JOCS ESPORTIUS COMUNITAT VALENCIANA 15-16:
 

NORMAS COMPETICION SENIOR/JUNIOR
 

3.2.1 Número de equipos de una misma entidad
 

La participación queda limitada a UN sólo equipo por entidad, excepto en:
 

- Junior Masculino 1ª Zonal
 

- Junior Femenino
 

 Nivel 2, Cto. Preferente y Cto. 1ª Zonal
 

NORMAS COMPETICION CADETE/INFANTIL/ALEVIN
 

3.1 LIMITACIONES
 

3.1.1 Número de equipos de una misma entidad
 

En cada campeonato, la participación queda limitada a un sólo equipo por entidad, excepto en los últimos niveles de la Fase Niveles y en los Ctos Preferente, 1ª Zonal y 2ª Zonal.
 

3.1.2 Clasificación para Niveles de siguiente temporada de equipos de una misma entidad
 

En el caso de equipos de una misma entidad participantes en Campeonatos inmediatos en su orden, si ambos equipos obtuvieran una clasificación que les diera el acceso al mismo Nivel para la siguiente temporada, tan solo podrá optar a ese Nivel el equipo de esa entidad que proceda del Campeonato superior, o en el caso de estar disputando el mismo Campeonato, el que haya obtenido la mejor clasificación, quedando el otro/s equipos en el Nivel inmediato inferior.
 

Su derecho de clasificación se trasladará a los dos siguientes equipos clasificados además de los que les corresponda.
 

Queda claro por parte de la NORMATIVA que solo puede haber un equipo de cada club en las siguientes categorías de formación:
 

JUNIOR AUTONOMICO MASCULINO
JUNIOR PREFERENTE MASCULINO
NIVEL 1 DE JUNIOR FEMENINO Y CADETE, INFANTIL Y ALEVIN TANTO MASCULINO COMO FEMENINO
NIVEL 2 DE CADETE, INFANTIL Y ALEVIN MASCULINO
 

La FBCV modificó en la temporada 13/14 el sistema de competición. Hasta entonces, largas ligas regulares con grupos de 12 -14 equipos, con multitud de partidos donde la competencia entre dos equipos brillaba por su ausencia dada la superioridad de uno de ellos. El nivel competitivo convertía la competición en aburrida y tediosa durante gran parte del campeonato y para gran parte de sus participantes.
 

El cambio, el cual esta aún en proceso de adaptación y mejora, se produjo en el número de niveles, componentes de grupo y fases.
 

Uno de los objetivos del nuevo modelo de competición, según indicaba la FBCV era:
 

Mejora el valor de la competición al igualar el nivel de los participantes en cada fase.
 

El modelo en si mejora bastante lo que había antes. Hay más partidos competitivos y hace que los equipos tengan varios objetivos durante la temporada. Durante los tres primeros meses se busca entra en el CAMPEONATO en liza. En la segunda fase, los cuatro siguientes meses,  llegar a la FASE FINAL correspondiente y conseguir un NIVEL superior para la siguiente temporada.
 

Pero hay un nicho de equipos para los cuales, está vetada el poder competir en el nivel que por su calidad y potencial debería estar. Son los equipos B de cada club.
 

Si l equipo B del C.B. EJEMPLO es un gran equipo, digno de NIVEL 1, pero su equipo A ya tiene esa categoría, la normativa le obliga a jugar en el NIVEL 2. Imaginar que el C.B. EJEMPLO A es el equipo superior al resto de competentes y favorito a ser el CAMPEON y el C.B. EJEMPLO B seria perfectamente el cuarto equipo de la COMUNIDAD. Por la normativa, los jugadores del C.B. EJEMPLO B tendrán que jugar en NIVEL 2, contra rivales que no llegarán a clasificarse más allá del puesto 9 y con una calidad inferior a la suya. No se les dará la oportunidad de jugar contra los de su nivel baloncestístico.
 

No entiendo el porqué de esta normativa. Si el objetivo es que cada equipo pueda competir contra los de su nivel, mejorando su nivel competitivo en su formación como jugadores, de golpe y porrazo nos cargamos esa premisa por normativa.
 

¿Perjudica a algún equipo/club el que estos equipos puedan jugar en el NIVEL que les pueda corresponder? Es posible que equipos que entren en NIVEL 1 siendo los undécimos o duodécimos de la competición, sean los perjudicados. Pero la realidad indica que estos undécimos o duodécimos equipos acaban perdiendo contra los favoritos de gran diferencia de puntos y que podrían también competir en NIVEL 2 en una competición igualada a su nivel.
 

Ojo, que no solo pasa esto con los equipos B de los grandes y favoritos clubes. También lo sufre aquellos que tienen un nivel medio alto. Clubes masculinos que no tienen el suficiente nivel para tener un equipo en NIVEL 1 pero que perfectamente podían tener dos en NIVEL 2. Como no es posible, deben mandar a uno de ellos a NIVEL 3 perdiendo el equipo B una oportunidad de competir ante rivales de igual nivel.
 

¿Es necesaria esta restricción normativa a nivel AUTONOMICO? Yo creo que no. Si el objetivo es que se compita en su nivel, contra equipos de igual potencial, debemos dejar que cada equipo, sea A, B o C de un club, este en el nivel que le corresponda por potencial.
 

¿Habrá algún equipo que se sienta perjudicado? Es posible, jugaran algunos en un nivel inferior que si no hubiese equipos filiales, pero, la lógica indica que realmente lo están colocando en su nivel por el potencial que tiene.
 

Alguno dirá, “Si claro, pero eso ya está pasando. Los filiales juegan ya en el NIVEL que les corresponde por su calidad”.
 

Cierto, pero lo hacen “al margen de la legalidad”, eso sí, cumpliéndola. Los grandes clubes o no tan grandes, se asocian o vinculan con otros clubes y sus equipos B juegan en el NIVEL 1 o 2, junto con su equipo A, con el nombre del otro club. Eso sí, la equipación es la misma, la cancha de juego la misma en ambos clubes y los entrenadores los pone el club del equipo A. Se cumple perfectamente la normativa y las necesidades de estos clubes de que sus equipos B compitan en la categoría que les corresponde. Los ejemplos los tenemos en los VALENCIA B.C. – VALENCIA GENOVÉS, LUCENTUM en su momento lo hizo con SANTA TERESA, SAN BLAS y MONTEMAR lo harán esta temporada, PICKEN CLARET, y algunos más.
 

¿Es necesario que los clubes tengan que recurrir a esta laguna de la normativa? La propia FEDERACION sabe de estas vinculaciones y mira para otro lado. ¿Por qué? ¿No será mejor legalizarlo? ¿Dejar que cada uno compita en su nivel? ¿No estamos hablando de formación y de mejorar su nivel competitivo?
 

Si un club puede tener dos equipos en NIVEL 1 o en AUTONÓMICO, ¿no será que está haciéndolo bien en la formación de jugadores o en su captación? Dejémosle que jueguen en el nivel que les corresponde y no les penalicemos por ello o no les obliguemos a buscar la triquiñuela para poder hacerlo.
 

Alguno podrá decir, “la normativa de la FEDERACION ESPAÑOLA DE BALONCESTO” no deja participar a dos equipos del mismo club en el CAMPEONATO DE  ESPAÑA”. Veamos lo que dice la normativa de la FEB:
 

BASES DE COMPETICIÓN
 

CAMPEONATOS DE ESPAÑA DE CLUBS JUNIOR, CADETE E INFANTIL
 

BASES COMPETICION
 

1.1 INSCRIPCION Y SORTEO
 

De conformidad con lo señalado en el Artículo 111 del Reglamento General y de Competiciones, para poder participar en esta Competición, los Equipos deberán haber sido inscritos en la F.E.B., a través de sus Federaciones Autonómicas hasta el día 15 de Enero de 2015. Asimismo y antes del 15 de Diciembre deberán haberse recibido en la F.E.B. las Bases de Competición las Competiciones autonómicas.


De momento no dice nada. Eso sí, podían haber variado las fechas de un año a otro.  Consultemos el artículo 111.
 

FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE BALONCESTO. REGLAMENTO GENERAL Y DE COMPETICIONES APROBADO POR COMISIÓN DELEGADA. 26 de mayo de 2015.
 

Artículo 111.- La FEB o Asociaciones de Clubes, en su caso, podrán disponer las variaciones de fecha, hora o terreno de juego que sean precisas para la transmisión de encuentros por Televisión, de acuerdo con los contratos celebrados por la FEB, o en razón a circunstancias especiales que así lo aconsejen.
 

Parece que el transcriptor del reglamento ha tenido una laguna. El artículo 111 no dice nada de la participación en los CAMPEONATOS DE ESPAÑA. No pasa nada. Buceamos algo más por el REGLAMENTO GENERAL y encontramos el artículo 132.
 

Artículo 132.-
 

1. Cada Club sólo podrá participar con un equipo masculino y otro femenino en cada una de las competiciones de categoría nacional Sénior.
 

2. Aquellos clubes que participen en una Fase Final que de derecho al ascenso a categoría superior y que ya tengan equipos en esta categoría, en ningún caso tendrán derecho ni al ascenso, ni a cesión, fusión, enajenación o cualquier otra operación análoga como consecuencia de su participación en la Fase de Ascenso.
 

3. En cuanto a los Campeonatos de España no Sénior, sólo podrá participar en cada categoría y competición, cualquiera que fuera su Fase, un equipo por Club.


Algo nos indica aquí. Está claro que solo un equipo por club en el CAMPEONATO DE ESPAÑA. Habría que definir lo de las FASES. ¿Se consideran las FASES organizadas por cada autonomía? ¿Se refiere a cada una de las categorías que cada AUTONOMIA tiene en sus respectivas competiciones? No lo sé. No se especifica bien en la NORMATIVA. Alguien de la FEB nos lo tendría que aclarar.
 

Lo que está claro es que solo un equipo por club puede participar en el CAMPEONATO DE ESPAÑA.
 

¿Qué pasa si se deja participar a los equipos B en su nivel competitivo? Solo uno podrá participar en el CAMPEONATO DE ESPAÑA. Bueno, varias soluciones podríamos tener.
 

Una, dejar que los B jueguen en NIVEL 1 y en NIVEL AUTONOMICO junto con su A, pero que solo uno de ellos se pueda clasificar para la FASE FINAL AUTONOMICA. Si el A queda primero y el B entre el segundo y cuarto, el B no podría jugar la FASE FINAL AUTONÓMICA, cediendo su plaza al quinto clasificado. De esta forma, ese club no clasificará a dos equipos para la FASE FINAL y no tendrán dos opciones de CAMPEONATO DE ESPAÑA. Por otra parte, hemos permitido que el equipo B juegue contra los de su nivel competitivo durante 24 partidos.
 

Otra opción. Si el A y el B se clasifican para la FASE FINAL AUTONOMICA dejarla que la jueguen los dos equipos, pero solo el que quede por delante obtendrá plaza para el CAMPEONATO DE ESPAÑA. Por ejemplo, el A queda CAMPEÓN. Hay tres plazas para el CAMPEONATO DE ESPAÑA y el B queda tercero. Su plaza del CAMPEONATO DE ESPAÑA pasa al cuarto clasificado. Dejamos esta vez que el equipo B juegue contra los de su nivel 27 partidos esta temporada.
 

Claro, que habrá clubes que preferirán seguir con la fórmula habitual de tener el A con el nombre de su club y el B con el nombre de un vinculado, con lo que ambos equipos podrán clasificarse para el CAMPEONATO DE ESPAÑA.
 

Esto no es ninguna novedad y tampoco lo hemos inventado en la COMUNIDAD VALENCIANA.
 

En la temporada 02/03 el REAL MADRID quedo CAMPEÓN de ESPAÑA CADETE MASCULINO en TOLEDO. En cuarta posición quedó el BASKET TORREJON. Lo que chocó en la capital castellano manchega es que los de TORREJÓN jugaban con la equipación y escudo del REAL MADRID. Los jugadores, casi todos de primer año, pertenecían a la disciplina del conjunto blanco.



La pasada temporada el B.F. SAN BLAS tuvo que enfrentarse en su grupo al MASPALOMAS. El equipo estaba formado por las jugadoras de primer año del CAJA DE CANARIAS 2014, con el nombre de otro club, pero con la equipación de CAJA CANARIAS. En todos los comentarios, creo que incluso en los de la organización y en la página web de la federación, se hablaba de que eran el segundo equipo del CAJA CANARIAS.
 

Por lo visto, el mirar para otro lado también pasa a nivel de la FEB.
 

Lo dicho, nuestra opinión es que dejemos que cada equipo juegue en el nivel competitivo que le corresponda. Si un club es capaz de tener dos equipos de NIVEL 1 y AUTONÓMICO, que puedan jugar con toda la normativa a su favor y con el nombre de su club en dicha categoría. Si son de NIVEL 2 y pueden sacar dos equipos de dicho nivel, permitámoslo. Incluso, señores de la FEB, si un club es capaz de tener dos equipos de nivel de CAMPEONATO DE ESPAÑA, que puedan jugarlo sin recurrir a otro club. Será mejor que tener equipos a los que se apaliza durante todo el campeonato por no tener un nivel suficiente.
 

Revisen la normativa, modifíquenla y permitan que las cosas se hagan conforme a la normativa. Mejor eso, que seguir mirando hacia otro lado.

2 comentarios:

  1. Me parece muy interesante lo que comentas y estoy d acuerdo con tu propuesta. Aunque yo iría un paso más lejos. También se debería revisar el tema de las obligaciones d tener equipos por bajo para poder jugar en determinadas categorías. Si el equipo senior de un determinado club tiene el nivel de jugar en autonómica, pero no tiene un B\ junior, por normativa tampoco podría. Esto hace que se recurran a las mismas trampas de los "vinculados". Por el motivo que sea hay veces que se pierden generaciones por el camino. Un club que tiene una estructura de dos equipos hasta cadete, pero que por lo que sea a perdido su equipo junior, teniendo un senior competitivo para autonómica y habiendo ganado su plaza deportivamente. No puede por normativa jugar, mientras que otro que sólo tenga equipo senior y junior, pero que no tenga ningún equipo de deporte base si que puede. Si se pretende apostar por formación... Tal vez habría que fijarse mas en el número de equipos que alguien tiene y no en la edad de dichos equipos.

    Felicidades por el post, me parece que este artículo va a dar q hablar.

    Un saludo

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Gracias por tus comentarios.
      Sobre el tema de la obligación en categorias senior de tener equipos senior b o dos juniors, ya hablamos en otro post que publicamos el 2-9-14. Tampoco nos gusta esa normativa y consideramos que perjudica mas que beneficia. Te dejo con el enlace por si quieres consultarlo:

      http://basketalicanti.blogspot.com.es/2014/09/normativa-inscripcion-equipos-beneficia.html

      Eliminar